Archivos para ‘Propiedad Intelectual’

septiembre 30, 2011

Política Anti-patentes: Adivinen el País

La cita de Ha-Joon Chang, de Retirar la Escalera, dice:

“Esta política antipatentes ha contribuido, según se dice, al desarrollo de un buen número de industrias. Especialmente afectadas por esto estuvieron las industrias química y farmacéutica, que robó acticvamente tecnologías alemanas, y la industria alimentaria, en la que la ausencia de patentes impulsó en realidad la inversión extranjera directa…” 92.

Entonces el país donde se aplicó esta política es: …

agosto 9, 2011

Defensa Tesis Doctoral

Luego de tres años en México, ya de regreso en Chile, en Temuco y en la Universidad Católica de Temuco, en el Departamento de Trabajo Social.

Espero poco a poco ir retomando el ritmo de publicaciones. Dejo aquí la copia de la Presentación efectuada en la Defensa de la Tesis.

enero 28, 2011

Cooperación Sudamericana en Patentes

Interesante proyecto de cooperación en materia de patentes entre países de Sudamérica. Si una solicitud de patentes en biotecnología o mecánica es presentada en dos o más países (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Surinam o Uruguay), los examinadores compartirán la información disponible.

Con esto se facilita el proceso de evaluación de los inventos y puede acortar considerablemente el tiempo de demora en la entrega de la patente, uno de los principales problemas en la región.

El acuerdo fue tomado por los Institutos de Propiedad Intelectual de la región y se espera que se expanda a otras áreas del conocimiento con el tiempo.
América do Sul lança projeto-piloto de cooperação em patentes — Portal INPI

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octubre 15, 2010

Conferencia de Ken Shadlen sobre Propiedad Intelectual

Ayer jueves, gracias a la invitación del Dr. Becerra (último de la derecha) del IIJ de la UNAM, tuve la oportunidad de asistir a la conferencia de Ken Shadlen (el segundo, de camisa blanca) de LSE, titulada: “La economía política de la propiedad intelectual: conocimiento, desarrollo, patentes y comercio en perspectiva histórica“.

Como decía Shadlen al empezar, casi todos los que investigan el tema de la propiedad intelectual son abogados, y los que no, son economistas. Resulta realmente infrecuente encontrar a quienes lo aborden desde una perspectiva sociológica, y aquí tenemos una de esas interesantes excepciones.

Su distinción sobre las posibilidades de comparar entre leyes de propiedad intelectual nacionales, sujetas inevitablemente al principio de territorialidad (las leyes de propiedad intelectual son siempre nacionales y nunca transnacionales: si quieres protección en México, tienes que patentar en México), lo que genera un margen de variación también inevitable entre los contenido legales. Es ahí donde surge la posibilidad de generar procesos de comparación entre los países a partir de la variación en el nivel de protección que cada uno establece, prestando especial atención a las limitaciones sobre lo que es patentable y la relación entre los derechos de titulares de patentes versus los derechos de los usarios.

En mi caso, en el trabajo de comparación que inicio en mi tesis, he elegido una estructura similar buscando identificar los niveles de protección, los criterios de novedad y originalidad, los nuevos objetos de conocimiento reconocidos como patentables, los límites y exclusiones a la patentabilidad, y la relación de leyes de propiedad intelectual con políticas públicas nacionales y globales. Como puede apreciarse, a parte del vínculo con políticas públicas, todos los niveles pueden relacionarse de uno u otro modo con los dos criterios establecidos por Shadlen.

Por otra parte, resulta muy relevante la identificación que hace el investigador sobre los orígenes de los cambios en las leyes y políticas de propiedad intelectual a partir de los 90s. En propiedad intelectual hay una etapa inicial de internacionalización que culmina con la creación de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual y la etapa actual que se inicia con el vínculo “perverso” (?) con el comercio en el contexto de la OMC y los grandes tratados de libre comercio. Esta segunda etapa se inicia a partir de los intereses y motivaciones de grandes empresas transnacionales del área farmacéutica, biotecnología, agroquímica, software y del cine/música, los que presionan para generar este vínculo de la propiedad intelectual con el comercio a través de las negociaciones de la OMC en la Ronda Uruguay y de forma más rigurosa todavía en las negociaciones de propiedad intelectual del TLC con Estados Unidos firmado por varios países de América Latina. El principal problema, sobretodo de la vinculación a la OMC, es que implica una vinculación sin reservas (es decir, hay un compromiso de cumplir con determinadas exigencias, que si no se cumplen pueden generar sanciones comerciales), y por tanto generar consecuencias negativas para la integración de un país a la economía mundial.

Sin embargo, tanto los acuerdos en el contexto de la OMC (conocidos como ADPIC) como los vinculados con los tratados de libre comercio con Estados Unidos (conocidos como ADPIC plus) permiten un cierto margen de flexibilidad. Es decir, una cierta variación en los contenidos de leyes y de políticas públicas sobre propiedad intelectual. Aquí Shadlen identifica dos posibilidades de acción. Es evidente que las leyes de propiedad intelectual tienen que ver con las posibilidades de innovación de los países. Hasta cierto punto, la protección legal incentiva la innovación (y supuestamente con ella, el desarrollo nacional). Sin embargo, pasado cierto punto, leyes demasiado estrictas generan costos muy altos y por tanto, la innovación se estanca o disminuye. Aquí el problema es que las leyes de propiedad intelectual corresponden a países ya desarrollados, con niveles de protección coherentes con los niveles de gasto de esos países y en el contexto de nuestro subdesarrollo, lo que generan es un desincentivo a la innovación.

Frente a lo cual, según Shadlen, hay dos respuestas posibles. La primera es la que siguen habitualmente los países en desarrollo en la actualidad. Intentar aumentar sus capacidades de innovación y de investigación y desarrollo, tarea que en realidad tiene serias dificultades porque, finalmente implica una profunda transformación productiva de un país. La otra es la transformación de las leyes, pasando a niveles de protección de la propiedad intelectual más laxos, pero más coherentes con las cpacidades reales de innovación de los países, respuesta muy poco usual debido a la poca factibilidad de modificar leyes.

Desde mi perspectiva aparece además, una tercera posibilidad, aunque sólo para ciertos países que están adquiriendo la capacidad de negociación política en el nuevo contexto global. Esta posibilidad es modificar las condiciones globales del comercio (y con ello las de la propiedad intelectual). Es lo que ocurre con los países del BRIC, que empiezan ya a utilizar la propiedad intelectual como una herramienta de negociación para transformar las relaciones en la economía globalizada.

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enero 21, 2010

Discutiendo sobre Propiedad Intelectual: 2) La asimetría de los acuerdos globales y su manifestación en las leyes

La asimetría tiene que ver con el lugar social que ocupan los países al establecer relaciones entre ellos, vínculos que son principalmente económicos y que postergan o supeditan todas las otras dimensiones globales a los acuerdos comerciales. La definición de un modelo económico, de un modelo de relaciones comerciales entre países y de una determinada forma de conseguir el desarrollo no se basa exclusivamente en principios establecidos objetivamente, sino que también y de forma fundamental en principios ideológicos. Si los países en vías de desarrollo quieren cambiar su posición dentro de la estructura económica mundial deben abrir su economía a su dimensión global, deben adaptarse por tanto a los principios de libre mercado y a las exigencias de una economía basada en el conocimiento como innovación.

Sin embargo lo deben hacer a través de diversos procesos de integración con actores transnacionales que poseen mayores capitales acumulados y que poseen mayor poder para definir las condiciones de esa integración. Y como lo que define esas relaciones es, finalmente, un cúmulo de intereses económicos, el efecto principal de estas relaciones es la dependencia y la dominación comercial y tecnológica, las que terminan limitando y en ocasiones directamente impidiendo las posibilidades de desarrollo.

En este último sentido es que se produce la contradicción. Bajo la promesa de conseguir el anhelado desarrollo los países se esfuerzan por abrir sus fronteras, reducir el estado, invertir en la adaptación a la economía del conocimiento e integrarse a diversos acuerdos globales o regionales; para terminar enfrentando los riesgos de una economía mundial que entra cíclicamente en crisis (Wallerstein, 2007 y 2004; Arrighi, 1999); y a condiciones para conseguir el desarrollo muy diferentes a las que tuvieron que enfrentar los países que hoy ya alcanzaron esa meta.

Según el discurso neoliberal, son los países los culpables de no implementar esas capacidades, son ellos los que no han podido avanzar en el camino del desarrollo. Aunque, en realidad, ese discurso pretende ocultar la desigualdad inherente al proceso de globalización. Como lo expresa la crítica de Wallerstein:

“Puesto que todos los países pueden desarrollarse, ¿cómo pueden hacerlo los subdesarrollados? En cierto modo, imitando a los que ya se han desarrollado, o sea, adoptando la cultura universal del mundo moderno, con la ayuda de los más avanzados (que en la actualidad ostentan una cultura superior…). Si a pesar de esta ayuda, no avanzan o apenas lo hacen, se debe a que están actuando de manera “racista” al rechazar los valores “modernos” universales, lo cual justifica que los estados “avanzados” se muestren desdeñosos o condescendientes con ellos. (…) Se trata de un sistema de justificación hermético, puesto que “culpa a la víctima” y, por ende, niega la realidad.” (Wallerstein, 2007: 246).

Lo que queremos expresar es que estos procesos de integración global (neoliberal) reflejan inevitablemente estas asimetrías y contradicciones. Más allá de las apariencias, el supuesto libre comercio en realidad restringe las posibilidades de los países para conseguir el desarrollo, evitando incluso las posibilidades de imitación, de copiar los mismos patrones que a otros actores les ha permitido transformarse en actores dominantes en el sistema económico global.

Dos espacios fundamentales donde se manifiestan estas asimetrías y contradicciones son la Organización Mundial de Comercio (OMC) y, en un contexto más acotado pero muy relevante para América latina, el Acuerdo de Libre Comercio de las Américas (ALCA). Aquí no es posible examinar todo el conjunto de las asimetrías y contradicciones presentes en ambos acuerdos, por lo que se ha optado por definir un espacio que en términos de las transformaciones descritas anteriormente ocupe un lugar central: la propiedad intelectual.

En la economía del conocimiento, lo que posee mayor valor económico no es el producto material, sino la “idea” incorporada en ese producto, una idea que debe ser fruto de la innovación al interior de las empresas y que por lo general se basa en conocimiento científico-técnico. Hay una necesidad de modificar leyes para ampliar las protecciones sobre el conocimiento creado por alguien, y para proteger mediante su apropiación, el valor económico de lo nuevo. Más relevante todavía, al considerar que se promueve un modelo de desarrollo basado precisamente en la producción de innovaciones.

Según diversos estudios sobre propiedad intelectual y acuerdos comerciales (Abarza y Katz,2002; Becerra, 2004; Coriat, 2008; Garza, 2003; Rozanski, 2003; Sercovich, 2008), en las nuevas exigencias de protección de la propiedad intelectual se manifiestan una serie específica de asimetrías y contradicciones.

  • Se supedita lo legal a lo comercial. Acuerdos que deberían discutirse como asuntos meramente legales se han trasladado al ámbito de lo comercial y por tanto, se hacen dependientes de esos acuerdos comerciales. Es lo que ocurre, según Abarza y Katz al trasladar las negociaciones desde la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) a la OMC (2002: 44).
  • Hay actores que obtienen más beneficios económicos. Tanto en la OMC, como en el ALCA hay un actor que posee el mayor mercado para el comercio en el mundo: Estados Unidos, y por tanto, junto con Europa y Japón, es el lugar donde se obtienen más licencias de propiedad intelectual; a su vez, en países latinoamericanos, la mayor parte de las licencias de propiedad intelectual son obtenidas por extranjeros (CEPAL, 2008: 29).
  • Internacionalización de la legislación Estadounidense. Derivado de lo anterior, más que producirse un acuerdo simétrico entre los países participantes de un determinado acuerdo comercial, lo que ha sucedido más bien es que se han internacionalizado las leyes de propiedad intelectual de Estados Unidos (Becerra, 2004; Coriat, 2008), lo que de uno u otro modo es contrario a los supuestos del libre comercio.
  • Se someten a protección nuevos objetos que antes o no existían o eran entendidos como bienes públicos. Lo primero tiene que ver con las investigaciones recientes sobre seres vivos y material genético; y lo segundo con la extensión de la propiedad intelectual a las ciencias básicas. A lo anterior se suma la extensión temporal de la protección, en lo que podríamos denominar “Efecto Ratón Mickey”, que busca evitar que este personaje bajo elcontrol de una empresa pase a dominio público. Todos estos proceso evidentemente benefician a los países que yatienen capacidades de innovación y tecnología instaladas y perjudican a los “recién llegados”.
  • Producción de dominación y dependencia. Finalmente, los estudios anteriores coinciden en que estos acuerdos sobre propiedad intelectual, aun que se presentan como factores claves para conseguir el desarrollo, operan en la práctica en condiciones tan restrictivas que sólo generan dominación y dependencia. Es especialmente relevante al respecto el punto de vista de la CEPAL (a través de los estudios de Abarza y Katz; y Sercovich) que llega a plantear la necesidad de detener las negociaciones o de replantearlas para así conseguir realmente el anhelado desarrollo a través de acuerdos comerciales y legales más justos y simétricos.

Continuará…